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Cómo obtener tu visa en Colombia: conoce las nuevas reglas desde 2022

Si estás pensando en visitar, trabajar o invertir en Colombia, debes conocer las tres grandes clases de visas que el país ofrece actualmente y sus requisitos, para solicitar la que sea coherente con tu inversión o propósito.

Mediante de la Resolución N° 5477 de 2022, el Ministerio de Relaciones Exteriores adoptó nuevas medidas que deberás tener en cuenta para obtener una visa colombiana.

Estas son las tres nuevas clases de visa en Colombia:


Visa de Visitante (Tipo V)

Es una visa destinada a extranjeros que deseen visitar una o varias veces el país para desarrollar una actividad temporal, sin el ánimo de establecer domicilio en Colombia. La vigencia de la visa dependerá la subcategoría o el motivo por el cual se otorga. La Resolución 5477 menciona 25 categorías, será importante que revises cuál se adapta mejor a tus necesidades.

Visa de Migrante (Tipo M)

Está destinada a extranjeros que deseen estar en el país de manera temporal y tiene una vigencia de hasta 3 años dependiendo de la categoría o el motivo por el cual se otorga. La Resolución 5477 menciona 14 categorías, si deseas podemos revisar en una consulta cuál es la que más apropiada para ti.

Visa de Residente Permanente (Tipo R)

Destinada a extranjeros que deseen establecerse de manera permanente en el país, y otorga, salvo en el caso de los pensionados, permiso abierto de trabajo, permitiendo realizar cualquier actividad lícita en el territorio nacional.

Los requisitos y beneficios de las visas, dependerán de cuál de las siguientes categorías te sea asignada: Por renuncia a nacionalidad, por tiempo acumulado de permanencia en Colombia, por aplicación del Estatuto Temporal de Protección para migrantes venezolanos, y para residentes especiales de paz.

¿Cuál es la visa colombiana más conveniente para ti?

Dentro de las tres clases de visas hay categorías que son ideales para quienes quieren trabajar y hacer negocios en Colombia:

Visa para Nómadas Digitales (TIPO V)

¿Te gusta viajar sin dejar de generar ingresos por tu trabajo?  La visa para nómadas digitales es una nueva opción para extranjeros que deseen prestar servicios de trabajo remoto desde Colombia a través de medios digitales a empresas extranjeras como emprendedores o vinculados laboralmente, o bien para iniciar un emprendimiento de contenido digital o tecnologías de la información de interés para Colombia. Esta visa tendrá una vigencia de hasta 2 años.

Estos son los requisitos necesarios para solicitar tu visa de nómada digital:

  1. Ser titular de pasaporte expedido por alguno de los países o territorios exentos de visa de corta estancia. (Recuerda que el pasaporte debe tener una vigencia mínima de 6 meses y contar con hojas en blanco para estampar la etiqueta de la visa en caso de que se requiera).
  2. Carta en español o inglés expedida por una o varias empresas extrajeras para la cual(es) prestes servicios y además se indique el tipo de remuneración que recibes, o demostrar que eres socio o copropietario de una empresa en el extranjero y carta indicando que tu trabajo para la empresa lo desarrollas de manera remota.
  3. En el caso de emprendedores, presentar carta motivacional explicando el proyecto de emprendimiento y los recursos financieros y humanos con los que cuenta o aspira a contar para su emprendimiento.
  4. Demostrar mediante extractos bancarios ingresos mínimos equivalentes a tres (3) Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes (SMLMV) durante los últimos 3 meses.
  5. Póliza de salud con cobertura en el territorio nacional contra todo riesgo en caso de accidente, enfermedad, maternidad, invalidez, hospitalización, muerte o repatriación, por el tiempo previsto para su permanencia en el país.

Visa para el Fomento de la Internacionalización  (TIPO M)

¿Desarrollas actividades relacionadas a innovación y tecnología y quieres hacerlo desde Colombia? Esta visa es para extranjeros que tengan formación a nivel de maestría, doctorado en ciencias básicas, aplicables a ingeniería o matemáticas, afines a las prioridades requeridas por el país para fortalecer su etapa de internacionalización.

Estos son los requisitos:

  1. Cumplir con el perfil profesional que establezca la Dirección de Asuntos Migratorios Consulares y Atención al Ciudadano en aplicación de las recomendaciones de la Misión de Internacionalización.

La Resolución 5477 del 2022, es una apuesta del Estado colombiano para que personas extranjeras tengan no solamente la posibilidad de visitar el país, sino también aportar a el crecimiento y desarrollo económico del mismo, mientras disfrutan de los beneficios que puedan obtener a través de las visas.

Visas colombianas para inversionistas, empresarios o pensionados

Aquí compartimos los requisitos establecidos en 2022 para solicitar tu visa en Colombia si eres inversionista o empresario.  Para el equipo Leticia Smykle será un placer trabajar para ti y acompañarte en estas gestiones.

Visa Migrante Socio o Propietario (TIPO M)

Establecida en el Artículo 75 de la Resolución 5477 de 2022. Es conveniente para ciudadanos extranjeros que hayan constituido empresa o adquirido participación en el capital social de sociedad comercial en funcionamiento. Esta visa permite acumular tiempo para la Visa de Residente, y podrá tener una vigencia de hasta 3 años, la autoridad que expide las visas podrá concederla por menor tiempo.

Requisitos:

  1. Carta de solicitud en la que se informe razón social, domicilio y Número de Identificación Tributaria (NIT) de la sociedad comercial constituida o en la que invierte, la actividad principal de la empresa y la cantidad de empleos directos que genera.
  2. Acreditar constitución, participación, adquisición en capital pagado de sociedad comercial, o registro de la inversión extranjera, por monto no inferior a cien (100) Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes (SMMLV) (Salario Mínimo para el año 2022 es de $1.000. 000COP) a la fecha de presentación de la solicitud y aportar extractos bancarios.
  3. Demostrar que la empresa comercial mantiene actividad económica y solvencia mediante, extractos bancarios de los últimos tres meses previos a la solicitud de visa, declaración de renta, aportes a la seguridad social, contrato de arrendamiento y/o comprobantes de los pagos de impuestos de industria y comercio.
  4. Cuando se trate de la constitución de empresas del sector minero energético se deberá aportar el titulo minero que corresponda.

Es importante que sepas que esta visa otorga un permiso de trabajo exclusivo en la sociedad de la cual eres socio, accionista o propietario. Esta visa permite a su titular solicitar visa a sus beneficiarios, que dependan económicamente como el cónyuge o compañero(a) permanente; hijos hasta los 25 años de edad; hijo (a) que presente alguna discapacidad física o mental.

Otro dato que debes saber es que la adquisición de acciones bolsas de valores (mercado cambiario) no se tiene en cuenta para este tipo de visa.


Visa Migrante Inversionista (TIPO M)

Establecida en el Artículo 79 de la Resolución 5477 de 2022. Es apropiada para extranjeros que hayan efectuado inversión extranjera directa o hayan adquirido inmueble a nombre propio y mantenga dicha inversión o adquisición durante la vigencia de su visa.

Requisitos:

  1. En caso de Inversión Extranjera Directa, aportar comunicación expedida por el Departamento de Cambios Internacionales del Banco de la República en la que conste el registro de la inversión extranjera directa a su nombre cuyo monto sea superior a seiscientos cincuenta (650) Salarios Mínimos Mensuales Legales Vigentes (SMLMV) (Salario Mínimo para el año 2022 es de $1.000.000 COP) a la fecha de presentación de la solicitud.
  2. En caso de inversión en inmueble, deberá aportar Certificado de Tradición y Libertad del inmueble cuya titularidad de dominio de encuentre exclusivamente a nombre del extranjero, por un valor mínimo equivalente a trescientos cincuenta (350) Salarios Mínimos Mensuales Legales Vigentes (SMLMV) (Salario Mínimo para el año 2022 es de $1.000.000) a la fecha de presentación de la solicitud, y comunicación expedida por el Departamento de Cambios Internacionales del Banco de la República en la que conste el registro de la inversión extranjera directa para la compra de inmuebles a nombre del extranjero solicitante de la visa.
  3. Demostrar mediante extractos bancarios de los últimos tres meses previos a la solicitud de visa, solvencia económica para permanecer en el país.
  4. Demostrar que cuenta con cubrimiento de salud en Colombia, o con póliza de salud con cobertura en el territorio nacional contra todo riesgo en caso de accidente, enfermedad, maternidad, invalidez, hospitalización, muerte o repatriación, por el tiempo previsto para su permanencia en el país.

 

Visa Residente por Inversión (TIPO R)

Establecida en el Artículo 90 de la Resolución 5477 de 2022. Recomendada para ciudadano extranjero que ha permanecido en el territorio nacional como titular de las visas Migrantes (M) vigentes, acumulando los tiempos de la categoría que elija, en este caso son 5 años.

Requisitos:

  1. Copia de las de los que ha sido titular durante el tiempo de permanencia en el territorio nacional.
  2. Certificado de movimientos migratorios expedido por la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia.
  3. Carta de solicitud de visa en la que se explique la fuente de ingresos para el sostenimiento propio y de sus beneficiarios, cuando aplique. 
  4. Copia de cédula de extranjería, con el propósito de consultar los antecedentes judiciales.
  5. La Autoridad de Visas e Inmigración podrá verificar el cumplimiento de las obligaciones en materia de seguridad social del solicitante.

Este tipo de visa otorga permiso de trabajo. Solo para el caso de los pensionados no hay permiso de trabajo. Es importante que sepas que si eres titular de esta visa, deberás solicitar cada 5 años su traspaso a través de la página www.cancilleria.gov.co .

Visa para Pensionado (TIPO M)

Establecida en el Artículo 77 de la Resolución 5477 del año 2022. Ideal para ciudadano extranjero que disponga de ingresos mensuales constantes derivados de pensión otorgada por un Estado o por un fondo privado de pensiones.

Requisitos:

  1. Certificación que reconozca el pago mensual de pensión a favor del extranjero solicitante de la visa en monto no inferior a tres (3) Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes (SMLMV) (Salario Mínimo para el año 2022 es de $1.000.000) expedida por entidad competente debidamente apostillada y traducida.
  2. Certificado de antecedentes judiciales, penales o de policía expedido por la autoridad del país donde haya permanecido durante los últimos 3 años con las formalidades de apostilla o legalización y traducción.
  3. Certificado médico expedido por la autoridad colombiana o por la autoridad médica de salud del país de origen, del que surja la aptitud psicofísica del peticionario.
  4. Demostrar que cuenta con cubrimiento de salud en Colombia, o con póliza de salud con cobertura en el territorio nacional contra todo riesgo en caso de accidente, enfermedad, maternidad, invalidez, hospitalización, muerte o repatriación, por el motivo previsto para su permanencia en el país. 

Vigencia: Se podrá otorgar hasta por 3 años y no permite trabajar en Colombia, además no le permite afiliarse al Sistema de Seguridad Social Colombiano. La buena noticia es que esta visa permite solicitar visa para beneficiarios como el cónyuge o compañero(a) permanente; hijos hasta los 25 años de edad; hijo (a) que presente alguna discapacidad física o mental.

¿Ya sabes cuál sería la visa colombiana más conveniente para ti?

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